Persona haciendo transacciones bancarias

Las transacciones se blindan con monedas virtuales

A partir del mes de agosto, y por orden del Banco de México (Banxico), tanto bancos como cualquier otra institución financiera que se encuentre dentro del Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI) y que ofrezcan servicio de transacciones de fondos, reforzarán sus medidas de seguridad gracias a los activos virtuales.

Más protección contra las transacciones en México

Este anuncio sucede después de que el pasado 7 de julio saltó la alarma tras el intento de ciberataque contra Blitso, una plataforma que está especializada en transacciones de criptomonedas.

Hace no demasiado tiempo se dieron a conocer cuáles son los nuevos requisitos para poder participar en el SPEI, algo que se ha endurecido para poder robustecer las políticas y diferentes controles en las transferencias de fondos, se ha asegurado que se tendrá que aplicar la Ley Antilavado a los activos virtuales.

Banxico decretó que los bancos y entidades financieras tendrán que identificar entre todos sus clientes a todos aquellos que no sean entidades financieras y que de manera tanto profesional como habitual puedan ofrecer intercambios o servicio de compra venta de activos virtuales.

De esta forma, tendrán que asumir directamente lo que se establece en el artículo 17º, Fracción XVI de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita. En esta ley se establece prever diferentes medios para poder custodiar, almacenar o transferir activos virtuales diferentes a los que son reconocidos por el Banco de México, en relación a la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera.

Si se habla de clientes que operan con activos virtuales, las entidades bancarias únicamente podrán llevarles las cuentas correspondientes a depósito de dinero a la vista Siempre que hayan sido abiertas en instituciones de crédito, sociedades financieras comunitarias o populares o sociedades cooperativas de ahorro y préstamo.

De esta forma, el participante del SPEI recabará la misma documentación así como datos de identificación que las mismas disposiciones de carácter general para las cuentas de nivel 4 que se ofrecen por las citadas instituciones. Asimismo, se ha destacado que se tendrán que abstener de abrir cuentas a esta clase de clientes, quienes a su vez puedan ofrecer a sus usuarios tanto el envío como recepción de transferencias de fondos por medio del SPEI.

¿Se conseguirá con este sistema proteger las transacciones?