Si no sabes si tienes derecho a tu aguinaldo, cómo calcularlo y que es lo que abarca este derecho, hoy vamos a darte un recorrido rápido por sus principales características y cómo puedes exigirlo.
Para comenzar, lo primero que debes de saber es que de acuerdo al artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, todos aquellos trabajadores que perciben un sueldo, ya sea fijo o variable, podrán recibir esta gratificación, es decir, tienes derecho a tu aguinaldo, pero dependiendo de la antigüedad que lleves en tu empleo será el monto que te corresponderá.
El derecho a tu aguinaldo se calculará por 15 días de salario, por lo menos, si es que ya has cumplido un año en tu trabajo, y se pagará, por ley, antes del día 20 de diciembre. Pero no te preocupes, aunque no hayas cumplido un año de servicio, ya sea que te encuentres laborando o no en la fecha de pago, también tendrás derecho a tu aguinaldo, pero se pagará la parte proporcional, de acuerdo al tiempo que hayas trabajado, sea cuál sea este tiempo.
Pero a pesar de que el derecho a tu aguinaldo es irrenunciable, y es una prestación laboral totalmente independiente a las demás, no todos los trabajadores pueden recibirlo.
Tienes derecho a tu aguinaldo bajo los siguientes regímenes laborales
Si eres trabajador de base, de confianza, de planta, sindicalizado, contratado por obra o tiempo determinado, o si eres un trabajador eventual. También tienes derecho a tu aguinaldo si eres comisionista, un vendedor, y cualquier otro que se rija por la Ley Federal del Trabajo, así seas eventual, con la parte proporcional de tu tiempo laboral.
Pero, si trabajas por honorarios, no tienes derecho a tu aguinaldo, a menos que haya una subordinación laboral, por la cual prestes servicios permanentes a un solo patrón, y cumplas un horario obligatorio con duración de una jornada laboral máxima de ocho horas, o si bien, tienes un superior inmediato y tienes un lugar fijo de trabajo dentro de la empresa.
Cómo calcular tu aguinaldo
Por medio de un ejemplo que ha lanzado Resuelve tu Deuda, podemos ayudarte a hacer el cálculo de este beneficio, con el fin de que quede lo más claro posible y te evites contratiempos a la hora de recibirlo. Si todos los meses recibes la misma cantidad de dinero en tus pagos, y ya tienes más de un año trabajando en tu empresa, deberás hacer lo siguiente:
- Digamos que el sueldo que recibes mes con mes es de 10,000
- Este sueldo mensual, entre los 30 días de cada mes (será proporcional al sueldo que recibes) se traduciría en (10,000/30=333.3 (diarios)
- El sueldo diario multiplicado por 15 días, es el aguinaldo que te corresponde, es decir 333.33 x 15 = 5,000
- Si llevas menos de un año en la empresa:
- En este caso deberás contabilizar los días que has laborado, multiplicarlos por 0.041 (que es igual a una quincena dividida por 365 días del año) y el resultado, multiplicarlo por tu ingreso diario.
Debes recordar que el derecho a tu aguinaldo no contempla bonos o comisiones, así como en el caso de los aumentos, hay que considerar el último salario en el momento del pago. Si tu pago es variable, deberás calcularlo en base al promedio de ingresos obtenidos durante los últimos 30 días trabajados.
Si un patrón incumple con este derecho, ya sea que pague tarde, incompleto o no lo pague en absoluto, se harán acreedores a una multa entre 50 y 5,000 salarios mínimos. En caso de incumplimiento, puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo para que se encargue de hacer valer el proceso a nivel local.
Ahora sí, recuerda nuestras recomendaciones sobre cómo utilizar inteligentemente tu aguinaldo y disfrútalo.